El Tribunal Supremo condena al Alcalde de Xeresa a 8 años de inhabilitación.
El Tribunal revoca una sentencia exculpatoria de la Audiencia Provincial de Valencia por un delito contra el medio ambiente. Los ecologistas que presentaron el recurso y actuaron como acusación particular, valoran positivamente la sentencia del Supremo e indican que significará una nueva dirección en el tratamiento de los delitos contra el medio ambiente.
El Alcalde de Xeresa, D. Cirprià Fluixà, ha sido condenado por el Tribunal Supremo a ocho años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público alguno.
El condenado, que era alcalde en el momento de los hechos, consintió en el delito contra el medio ambiente, que consistió en vertidos al marjal, zona húmeda, de Xeresa. Una parte de esa zona húmeda fue modificada de forma radical por medio de un vertido y almacenamiento de arena y materiales de construcción. La Audiencia Provincial le absolvió al ahora condenado, en primera instancia, aduciendo que ese marjal, junquera o estuario, no era zona húmeda, y que la transformación no había dañado la totalidad del marjal sino solamente una pequeña parte.
Los ecologistas personados como acusación particular elevaron un recurso frente a esa sentencia, recurso que ahora ha sido aceptado por el Tribunal Supremo. La valoración de esta sentencia no puede ser más positiva puesto que abrirá una nueva vía y un cambio importante en el tratamiento de los delitos medioambientales a partir de ahora por parte de los Juzgados y Audiencias Provinciales, al crear Jurisprudencia.
La sentencia es una de las más importantes impuestas nunca contra una autoridad pública en el ejercicio de sus funciones y en delitos contra el medio ambiente.
sábado 14 de junio de 2008
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